Alquileres escalonados, ¿son legales?
Ante las circunstancias de los constantes cambios en los precios de los alquileres, muchas veces el inquilino y propietario pactan entre ellos, aumentos predeterminados cada tanta cantidad de meses.
Esta modalidad se usa cuando el inquilino firma un nuevo contrato y también cuando se le vence y el propietario del inmueble le exige que para renovarlo éste se firme en forma “escalonada”. Por ejemplo, el propietario incluye una cláusula que establezca que los primeros 6 meses se pague $600, los siguientes 6 meses $650 y así hasta la conclusión del contrato.
Esta modalidad es legal y sólo requiere el acuerdo de las partes del contrato: el dueño o locador y el inquilino o locatario. Sin embargo, el inquilino debe leer muy detenidamente el contrato antes de firmarlo con esta cláusula ya que la situación de necesidad del inquilino por conseguir o continuar teniendo un lugar donde vivir hace que se configuren abusos por parte del dueño o locador, quien puede incluir cualquier tipo de índice económico para escalonar el precio (índice de Precios al Consumidor Nivel General, Salario Mínimo Vital y Móvil, aumento del valor del dólar estadounidense, etc.) y, luego de firmarlo, hay que atenerse a sus términos, salvo que se pida la nulidad de la cláusula del precio en la Justicia.
Por otra parte, hay que tener mucho cuidado cuando se está negociando esta modalidad de escalonamlento en el precio de los alquileres, ya que la misma puede ser utilizada por los locadores como herramienta para presionar que el inquilino concluya la relación contractual ante el aumento del precio, lo cual obligaría a pagar al locador una indemnización equivalente a un mes y medio del alquiler al momento de desocupar la vivienda (si esto se produce entre los 6 meses y el ano de vigencia del contrato) y sólo un mes de alquiler si dicha conclusión del contrato se produce luego de transcurrido el año de alquiler (art. 8 de la Ley 23.091 de Locaciones Urbanas).
En todo caso, antes de firmar un contrato de alquiler con precio escalonado, el inquilino debe calcular cuál es el índice que más se acercaría a la realidad de los hechos y debatirlo con el dueño a los efectos de incluirlo en el contrato de alquiler. Como consejo, si el aumento que propone el locador es elevado respecto del aumento general del costo de vida y no llega a un arreglo sobre el tema, no firme el escalonamlento del precio y trate de negociar un valor acorde con la realidad económica del país.
Fuente: ADELCO


